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Servicios disponibles

Salud pública, Discapacidad y Animales domésticos

Licencia y/o Registro para la tenencia de perros potencialmente peligrosos

Qué es
La licencia para la tenencia de perros potencialmente peligrosos es un documento personal e intransferible que autoriza y ampara a su titular para la tenencia y manejo de perros de dicha condición. Todas aquellas personas que manejen, incluso para el paseo o esparcimiento, de forma habitual, continua o circunstancial perros definidos como potencialmente peligrosos deberán estar igualmente en posesión de la correspondiente licencia.
Forma de Iniciación
Impreso de Solicitud de Licencia y/o Registro de Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, presentada en el Registro Municipal de Entrada.
Quién lo tramita
Sección de Salud - Centro Municipal de Servicios.
Dirección: C/ Federico García Lorca, s/n
Tel: 91 654 06 78
Documentación
Para la obtención de la Licencia
  • Certificado de capacidad física y de aptitud psicológica: se obtiene en los centros oficialmente autorizados para los reconocimientos necesarios para el carné de conducir.
  • Certificado, emitido por la Compañía Aseguradora, en el que figure que el titular de la licencia tiene en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, con una cobertura no inferior a 120.000€, en el que se especifique que cubre los daños que pudiera causar el animal, y copia del recibo de pago en que conste que el seguro está en vigor. Cuando un mismo seguro cubra varios titulares de licencia han de aparecer todos los titulares en la póliza de seguros. 
  • Pago de las tasas correspondientes.
Para el registro
  •  Certificado veterinario que acredite la situación sanitaria del animal y la inexistencia de enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligroso.
  • Cartilla sanitaria del animal
  • Copia de la Licencia para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos si ha sido expedida por otro municipio.
  • Declaración jurada de no haber sido sancionado en los términos establecidos en la Ley 50/1999. (Incluida en la solicitud de licencia)
Observaciones  
  • La licencia tendrá una validez de 5 años.
  • La consideración de perros potencialmente peligrosos afecta a las Razas Indicadas en el Anexo I del R.Decreto 287/2002 y sus cruces, y a perros que reunan la mayoría de las características del Anexo II.
  • Se debe realizar el Censo de Animales Doméstico junto a la solicitud de Licencia. Si el animal está censado en otro municipio debe presentar justificante de tal situación. Este trámite es necesario para la obtención de la Licencia.
  • El solicitante de Licencia debe estar empadronado en San Sebastián de los Reyes.
ANEXO I, II Y MEDIDAS DE SEGURIDAD  (en caso de duda, consulte con su veterinario).
Normativa
Real Decreto 287/2002.
Impresos asociados al trámiteImpresos asociados al trámite Trámite on-line con certificadoTrámite on-line con certificado Trámite on-line sin certificadoTrámite on-line sin certificado
El tramite on-line sin certificado no está disponible

Buscador de trámites

  • Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, 2010
  • Plaza de la Constitución, 1 Tel.: 916 597 100