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Registro Civil

Anotación de matrimonio/Capitulaciones matrimoniales

Inscripción de matrimonio.
La inscripción hace fe del acto del matrimonio y de la fecha, hora y lugar en que se contrae.
Es el medio de prueba de que el matrimonio se ha realizado, siendo ésta el título que legitima el estado civil de casado.
El matrimonio desde su celebración produce efectos civiles, y para el pleno reconocimiento de los mismos será necesario su inscripción en el Registro Civil.
El matrimonio celebrado ante el Encargado del Registro Civil, Juez de Paz, Alcalde o Concejal en quien este delegue o ante el Secretario judicial se hará constar en acta; el que se celebre ante Notario constará en escritura pública.
En ambos casos deberá ser firmada, además de por aquel ante el que se celebra, por los contrayentes y dos testigos.
Extendida el acta o autorizada la escritura pública, se entregará a cada uno de los contrayentes copia acreditativa de la celebración del matrimonio y se remitirá por el autorizante, en el mismo día testimonio o copia autorizada electrónica del documento al Registro Civil para su inscripción, previa calificación del Encargado del Registro Civil.
Capitulaciones matrimoniales
Las capitulaciones matrimoniales son un contrato por el que los otorgantes podrán estipular, modificar o sustituir el régimen económico de su matrimonio, o cualesquiera otras disposiciones por razón del mismo. Se pueden otorgar éstas antes o después de celebrado el matrimonio.
Se deben realizar ante notario
La inscripción solo puede ser solicitada por cualquiera de los otorgantes o persona especialmente autorizada por ellos, o bien, en la escritura notarial se puede encargar al notario que promueva la inscripción.
Documentación a aportar.
Se tendrá que aportar la siguiente documentación:
- Inscripción de matrimonio religioso: acta del matrimonio y copia de los Documentos de identidad de los contrayentes.
- Capitulaciones matrimoniales: escrituras de capitulaciones matrimoniales, libro de familia y Documentos de identidad de los contrayentes.
En ambos casos, se debe adjuntar, relleno y firmado, el documento que se encuentra abajo en el apartado "Impresos asociados al trámite".
Toda esa documentación se trasladará al Registro Civil por correo electrónico (juzgadodepaz.ssreyes@ssreyes.org). Tras revisar la documentación, se le dará cita y tendrá que aportar los documentos enviados en original.
Ubicación y datos.
Puedes consultar dónde se encuentra el Registro Civil y el Juzgado de Paz de San Sebastián de los Reyes.
Impresos asociados al trámiteImpresos asociados al trámite Trámite on-line con certificadoTrámite on-line con certificado Trámite on-line sin certificadoTrámite on-line sin certificado
El tramite on-line con certificado no está disponible El tramite on-line sin certificado no está disponible

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