Certificados de empadronamiento

Certificados de empadronamiento

Tipos de Certificados

  • Certificados de empadronamientos individuales.
    Únicamente aparece una persona. 
  • Certificado de empadronamiento individuales históricos.
    Es de una sola persona y consta en el mismo todos los movimientos que ha tenido en este Municipio. 
  • Certificado de empadronamiento colectivo.
    Aparecen todas las personas que están empadronadas en un domicilio.
  • Certificado de empadronamiento colectivo histórico.
    Aparecen todas las personas que están empadronadas en un domicilio con los movimientos que ha tenido cada uno de ellos individualmente.

 

Cómo se pueden solicitar

-CON CERTIFICADO ELECTRÓNICO

Opción más recomendable ya que te descargas directamente cualquier Certificado que necesites. 

Descárgate directamente tu Certificado de empadronamiento.

Si dispone de otro medio de identificación electrónica ( Clave PIN, Clave Permante, DNI electronico, Clave Movil, etc.) puede registrar su solicitud a traves de Red Sara. dirigiendola al Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes e indicando el correo electrónico en el que desea recibir su certificado.

 

-PRESENCIALMENTE.

  • Interesado

          Con su documento de identidad original, en cualquier punto de atención presencial.  Se recomienda solicitar cita previa

  • Por medio de representante.
    Las personas empadronadas pueden acceder a su información personalmente o por medio de representante, legal o voluntario, según establece el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.
    La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en Derecho, que deje constancia fidedigna.
    Con el formulario de representación (descargar, rellenar y firmar), acompañado de los documentos de identidad originales del representado y del representante, en cualquier punto de atención presencial.  Se recomienda solicitar cita previa.

-VENTANILLA UNICA.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los ciudadanos pueden presentar su solicitud de certificado de empadronamiento a través de la Ventanilla Única, en cualquiera de los registros previstos por la ley. Por ejemplo, en las oficinas de registro de cualquier Ayuntamiento.