Qué es
Autoriza la posesión de Tarjeta de Armas de aire comprimido (categoría 4ª, 1 y 2), conforme al R.D. 137/1993, de 21 de Enero, arts. 54 y 105.
Forma de Iniciación
A petición del interesado, o del representante legalmente autorizado, quien deberá presentar la solicitud en el Registro General de Entrada.
Quién lo tramita
Policía Local
Dirección: C/ Real, 97
Tel: 91 651 33 00
Horario: de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas. (14:00 h. del 15 de junio al 15 de septiembre)
Requisitos
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Residir en el término municipal de San Sebastián de los Reyes.
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Fotocopia del D.N.I.
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Pago de tasas. Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios Públicos Municipales.
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Tarjetas blancas (2), y amarillas (3) que le facilitan en la armeria de venta, en la Guardia Civil o en Policia Local, debidamente cumplimentadas y firmadas.
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Factura de compra del arma y número de registro (en caso de no poseerlo, podrá solicitarse en una armeria especializada en ese tipo de armas).
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Ser mayor de 14 años. Cuando el solicitante fuera mayor de 14 años, pero menor de 18, debe acompañarse tambien Certificado de antecedentes penales del padre, tutor o representante legal, y la correspondiente autorización del padre, tutor o representante legal, responsabilizándose del uso del arma, y comprometiéndose a que no sea utilizada para cazar sin la presencia de una persona mayor de edad.
Observaciones
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A la recogida de la tarjeta autorizada, deberá firmarse declaración jurada de cumplir los requisitos para tenencia de armas.
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Hasta la edad de 60 años del titular, la validez sera de 5 años prorrogables, con los requisitos exigidos en la fecha de renovación. A partir de los 60 años de edad, la validez será de 2 años, y a partir de los 70 de 1 año, siempre cumpliendo los requisitos exigidos en la fecha de renovación.
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Únicamente se podran llevar armas reglamentarias por la vías y lugares públicos urbanos, desmontadas o dentro de sus cajas o fundas, durante el trayecto desde los lugares en que habitualmente esten guardadas o depositadas, hasta los lugares dónde se realicen las actividades de utilización.
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Las armas solamente podrán ser utilizadas en polígonos, galerías o campos de tiro y en los campos o espacios idóneos para el ejercicio de la caza, de la pesca o de otras actividades deportivas.
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La tarjeta solicitada únicamente tendrá validez dentro del término municipal de San Sebastián de los Reyes.